lunes, 14 de enero de 2013

AFIP. Obligarán a empresas a emitir recibos de sueldos digitales





En los próximos meses, y en forma escalonada, el Gobierno nacional comenzará a exigir a las empresas a emitir el recibo de sueldo digital.

Para ello, el Gobierno convertirá en obligatorio un procedimiento que -hasta el momento- es opcional. 
En efecto, se encuentra en plena vigencia el marco normativo que reglamenta "el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de pago de salarios al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas o digitales, en reemplazo de soporte en papel utilizado".


Al respecto, se estima es el primer paso para potenciar aún más el cruce de datos entre la ANSES, la AFIP y el Ministerio de Trabajo respecto de la nómina de empleados de cada empresa.  De esta manera, será más fácil detectar casos de evasión en cargas sociales, trabajo en negro y controlar el pago de las asignaciones familiares.

Como primer paso, la resolución vigente emitida por el Ministerio de Trabajo establece que el empleador que tenga que implementar la emisión de recibos de sueldos digitales, deberá efectuar una presentación que contenga los siguientes requisitos mínimos:

  • Universo de trabajadores alcanzado por la medida.
  • Protocolos y estándares tecnológicos utilizados para garantizar la seguridad, autenticidad, autoría, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades.
  • Cumplimiento de la forma y contenido necesario que debe poseer cada uno de ellos.
  • Declaración jurada del representante legal del empleador en cuanto a que la empresa reconocerá la autenticidad de los documentos en los términos de este régimen.
  • Mecanismo de sustitución del soporte papel. 
  • Procesos operativos de flujo electrónico que permitan considerar la trazabilidad de los casos sujetos a dicho régimen.
  • Modo de asegurar el pleno acceso de los empleados a sus recibos emitidos, conforme la reglamentación, fuera del establecimiento y de forma personal y privada.
  • Acciones de contingencia para la guarda y recuperación de los recibos, sin afectación alguna a su contenido.

Asimismo, la empresa deberá garantizar la recepción del documento por parte dependiente mediante su acceso a Intranet de la organización por canal seguro, por usuario y clave, con plazo adecuado de visualización.
Además, la compañía deberá arbitrar los medios para posibilitar su eventual impresión de manera gratuita.

Como requerimiento extra, los ejemplares de recibos digitales deberán contener la siguiente mención: "La empresa reconoce la autenticidad, autoría e integridad del presente documento".

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