jueves, 27 de agosto de 2020

IVA. Libro de IVA Digital Obligatorio Se reprograman las fechas de puesta en marcha para determinados sujetos.




Fuente: Fernando Gil / Resolución General (AFIP) 4796 / BO: 26/08/2020


Se modifica el cronograma de implementación del Libro de IVA digital, según el siguiente detalle:


- Responsables inscriptos en el IVA cuyas operaciones declaradas en el mismo durante el año calendario 2018 hayan sido:

  • Por un importe superior a $ 2.000.000 e inferior a $ 5.000.000: desde setiembre de 2020;
  • Por un importe superior a $ 5.000.000 e inferior a $ 10.000.000: desde octubre de 2020;
  • Por un importe superior a $ 10.000.000: desde noviembre de 2020;
  • Para el resto de los responsables inscriptos: desde diciembre de 2020;
  • Responsables exentos: a partir de enero de 2021.





No hay comentarios:

Publicar un comentario