miércoles, 1 de abril de 2020

Importante. Impuestos: Varias prórrogas y modificaciones de último momento (al 01.04.20)


Fuente: Gil & Asociados / Horacio Pomba

Con el presente pasamos a detallar algunos decretos y resoluciones generales sancionadas entre ayer y hoy que son de suma importancia para la toma de decisiones como consecuencia de la cuarentena sancionada por el Gobierno Nacional.


Se prorroga la Moratoria Impositiva, Aduanera y Previsional para Monotributistas, Autónomos y demás contribuyentes MIPYMES y para Asociaciones sin Fines de Lucro.
Se prorrogan al 29/5/2020 las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un menor pago a cuenta al que pueden acceder las mipymes por la moratoria por obligaciones vencidas al 30/11/2019.
El acceso para poder acogerse a la moratoria podrá realizarse hasta el 30/6/2020, pero -como estaba previsto originalmente- con una cantidad menor de cuotas en todos los casos y con un pago a cuenta mayor (salvo para el caso de microempresas y entidades civiles sin fines de lucro, a quienes no se les exige pago a cuenta).
El vencimiento de la primera cuota se unifica para todos los casos el día 16 de julio de 2020.

Se prorroga hasta el 30/6/2020 el plazo para obtener el Certificado Mipyme y para subsanar obligaciones formales con el objeto de liberarse de multas y sanciones.

En el caso de refinanciaciones de planes de pago efectuados hasta el 29/5/2020, la primera cuota vence el mes siguiente al de efectuada la refinanciación, y para el resto de los planes que se refinancien, la primera cuota vence en el mes de julio de 2020.
RG (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4690
BO (Nacional): 01/04/2020
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Se suspenden los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos hasta el 14.04.20
Se suspende, hasta el 12/4/2020, el curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos. Recordamos que se exceptúa de dicha medida a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia sanitaria nacional.
DECRETO (Poder Ejecutivo) 327/2020
BO: 31/03/2020
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Impuesto a las Ganancias. Precios de Transferencia. Presentación de la Declaración Jurada complementaria anual.  Nueva prórroga.
Se prorrogan, hasta los días comprendidos entre el 18 y el 22 de mayo de 2020, las fechas de presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia y operaciones internacionales, para los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/2018 y el 30/9/2019, ambos inclusive.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4689
BO: 31/03/2020
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Ingresos Brutos Pcia. de Buenos Aires. Prórrogas
Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación y pago del tercer anticipo de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos, cuyo vencimiento operaba entre los días 20/4/2020 y 4/5/2020, según la terminación de la CUIT del contribuyente, hasta el mes de mayo de 2020, operando los nuevos vencimientos entre los días 4/5/2020 y 15/5/2020.
De igual manera, se prorroga el plazo para realizar la presentación de la declaración jurada anual del año 2019, que pasa al mes de junio de este año.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 16/2020
BO (Buenos Aires): 01/04/2020
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ARBA Implementa atención por Whatsapp para que los contribuyentes realicen trámites desde su casa.
Dado el contexto de cuarentena y aislamiento social, destinado a contener el avance de la enfermedad COVID-19, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires resolvió ampliar sus canales de atención digital y lanzó la campaña #TrámitesDesdeTuCasa en redes sociales, que muestra las distintas posibilidades que tienen los contribuyentes para gestionar sus impuestos sin salir del hogar.
Para acceder a todos los canales de atención digital ingrese a: https://www.arba.gov.ar/Apartados/Contactenos.asp  
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Prohibición de despidos y suspensiones.
Por medio del D. 329/2020 publicado en el Suplemento del Boletín Oficial del 31/3/2020, se prohíbe, hasta el 30 de mayo de 2020, los despidos sin justa causa y los despidos y/o suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la medida, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
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Fernando Gil
Socio Gil & Asociados  |  Chairman Vistage
Tel: +54 011 5263-7099
Cel: +54 911 6864-9209
San Lorenzo 2106, Olivos, Bs As, Argentina

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