lunes, 30 de marzo de 2020

El Gobierno evalúa nuevas medidas de alivio impositivo



Fuente: Fernando Gil / Infobae

El Gobierno nacional continúa analizando medidas para aligerar la carga impositiva sobre los contribuyentes producto de la cuarentena


Las medidas son analizadas por la mesa chica económica que conforman, Cecilia Todesca, vicejefe de gabinete, los ministros de Producción, Matías Kulfas, y de Economía, Martín Guzmán y Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP.
Puntualmente, analizan prorrogar pagos de impuestos y otorgar plazos para la cancelación de los tributos acordes con la emergencia. Pero, existe preocupación por la pérdida de ingresos tributarios. 

Las autoridades evalúan que, ante el derrumbe de la facturación por la cuarentena, numerosos sectores como profesionales, técnicos y otros trabajadores independientes directamente no tienen la posibilidad de pagar los impuestos. Es más, los comerciantes, pymes, sectores no declarados "esenciales" están atravesando serias dificultades, situación que se complicaría aún más de continuarse la cuarentena.

El principal problema que enfrentan las pymes en el corto plazo es la falta de fondos para hacer frente a los sueldos, según la evaluación oficial. 

A continuación, las 10 medidas de emergencia solicitadas:

  • Postergación de todos los vencimientos impositivos y previsionales de Nación, Provincias y Municipios hasta el 31 de julio de este año, con condonación de intereses y sanciones.
  • Ampliación del alcance de la actual moratoria a todos los contribuyentes (no solo para las pymes), extendiendo el plazo a las deudas vencidas al 31 de marzo próximo.
  • Suspensión de las fiscalizaciones presenciales hasta el 30 de septiembre de 2020; solamente podrán ser efectuadas de manera remota.
  • Ampliar el alcance de la repatriación de activos en el exterior a los efectos del impuesto sobre los Bienes Personales para ser destinados a la adquisición de inmuebles, de bienes de uso o donaciones a la Cruz Roja destinadas a equipamiento sanitario (respiradores , medicamentos, tecnología).
  • Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias de los sueldos totales abonados, equivalentes a: 
    • a) 300% para empresas que mantienen la nómina salarial; 
    • b) 200% para empresas que reducen solo el 10% de la nómina; 
    • c) 100% para empresas que reducen solo el 20% de la nómina.
  • Permitir la deducción de las donaciones sin tope destinadas a fines sanitarios, hospitalarios, comedores y victimas del coronavirus.
  • Establecer la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias de los bienes del activo fijo, en un solo ejercicio (excepto los automóviles).
  • Aumento del mínimo no imponible de las contribuciones patronales, hasta $30.000 por cada trabajador.
  • Permitir el cómputo del 100% del ajuste por inflación en un solo ejercicio fiscal.
  • Aumento del mínimo no imponible de Ganancias para trabajadores solteros a $80.000, y para los casados con dos hijos a $100 mil. Equiparación de las deducciones personales con los autónomos.



Fernando Gil
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