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martes, 26 de febrero de 2019
Rigen nuevas condiciones para ahorrar en un seguro de retiro y pagar menos Ganancias
Fuente: Fernando Gil / Infobae / Errepar/
Desde 2019, los aportes para un seguro de retiro, al igual que la cobertura de vida, se pueden deducir de la base de cálculo del impuesto
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lunes, 19 de diciembre de 2016
Embargo de sueldos. Modificación de la Ley.
Embargo de sueldos. Modificación de la ley.
Fuente: Gil & Asociados
Se modifica el artículo 147 de la ley de contrato de trabajo, sobre embargo de sueldo.
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jueves, 20 de octubre de 2016
Monotributistas y Autónomos: cambio en la forma de pago
Fuente: Gil & Asociados / Boletín oficial / Infobae
A partir de noviembre los contribuyentes de las categorías más altas de este régimen ya no podrán pagar por ventanilla y deberán hacerlo a través de una cuenta bancaria. Así lo decidió la AFIP en septiembre a través de la resolución 3936
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jueves, 12 de noviembre de 2015
El nuevo régimen de regularización de impuestos permite reformular planes viejos.
Fuente: Gil & Asociados
Empresas y particulares, pueden gozar de los beneficios del nuevo plan que permite regularizar impuestos en hasta 10 años con una tasa de interés mensual del 1,35 por ciento
El nuevo régimen de regularización de impuestos lanzado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a fines de la semana pasada, permite la reformulación de viejos planes de facilidades de pago.
De esta manera, empresas y particulares, pueden gozar de los beneficios del nuevo plan que permite regularizar impuestos en hasta 10 años con una tasa de interés mensual del 1,35 por ciento.
El nuevo plan de pagos permite reformular los planes anteriores. Las deudas incluidas en planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes al día de publicación de la resolución general 3806 y que hubieran sido exteriorizadas mediante el sistema "Mis Facilidades", podrán ser regularizadas mediante la reformulación del plan de que se trate.
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jueves, 23 de mayo de 2013
Empleados de Comercio, CCT 130/1975. Paritarias de 2013
La Cámara Argentina de Comercio (CAC) informó en su página web que las partes que representan la actividad estarían cercanas
a firmar el Acuerdo que marca la pauta salarial de la actividad.
En tal sentido, la entidad empresaria señala los aspectos más relevantes que conformarán el Acuerdo:
En tal sentido, la entidad empresaria señala los aspectos más relevantes que conformarán el Acuerdo:
1. Se otorga un 24% de aumento sobre las escalas vigentes de las remuneraciones
básicas, según el valor expresado para el mes de abril de 2013.
El mencionado incremento se abonará, no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:
a) Un 14% del total acordado, a partir del mes de mayo de 2013.
b) Un 10% del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2013.
El mencionado incremento se abonará, no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:
a) Un 14% del total acordado, a partir del mes de mayo de 2013.
b) Un 10% del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2013.
2. Ambos incrementos se otorgarán como sumas no remunerativas hasta el mes de
enero de 2014, inclusive. En el mes de febrero de 2014 se incorporarán en su
totalidad a las escalas de salarios básicos de la actividad vigentes y a los
valores expresados en las mismas para el mes de abril de 2013.
3. Se constituye una comisión permanente la que se abocará al tratamiento de
algunos temas pendientes tales como adicional por prestaciones y tareas en los
días domingo, trabajadores tercerizados, tiempo parcial y jornada reducida,
tareas especializadas, etc.
4. FAECyS se compromete a gestionar una financiación especial por deudas en
concepto de cuotas sindicales a pagar en 24 cuotas a una tasa equivalente al
50% de las que percibe AFIP.
5. Se convino la concertación de un régimen de higiene, seguridad y prevención
en materia de riesgo de trabajo específico para la actividad.
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jueves, 28 de febrero de 2013
Nuevos aportes jubilatorios para Autónomos
Si bien todavía no ha sido publicado en el Boletín Oficial, estamos en condiciones de adelantar que, a partir del 01.03.2013 se aumentará los Aportes Jubilatorios (Autónomos) en un 15.18%, quedando las distintas categorías de acuerdo al siguiente cuadro:
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