Fuente: Fernando Gil / AFIP / Errepar
A partir del 1/7/2021 los Responsables Inscriptos en IVA deben emitir comprobantes tipo A con IVA discriminado a los monotributistas, incluyendo en los mismos la leyenda "El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618".
Fuente RG (AFIP) 5003
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