Contribución: Lic. Florecia Aguirre Zabala. Departamento de RRHH F.Gil & Asociados.
Con la publicación en el boletín
oficial del decreto 1006/2013, tal como lo hizo en diciembre de 2012, el
gobierno determino la devolución del impuesto a las ganancias correspondiente a
la 1er cuota del aguinaldo del 2013.
Esta medida alcanza a las rentas derivadas
del trabajo en relación de dependencia, el desempeño de cargos públicos y
gastos protocolares y de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de
cualquier especie que tengan su origen en el trabajo personal y de los
consejeros de las sociedades cooperativas -art. 79, incs. a), b) y c)- .
En su artículo 2º la norma también
establece que solo será de aplicación para aquellos sujetos, cuya remuneración
mensual bruta no haya sido superior a los $ 25.000 en los meses de enero
a junio 2013.
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