viernes, 7 de junio de 2013

La Corte ratificó que es inconstitucional el pago de sumas no remunerativa.



La Corte Suprema de Justicia declaró que las normas de los convenios colectivos que establecen sumas no remunerativas son inconstitucionales.

En el caso "Díaz, Paulo Vicente contra Cervecería y Maltería Quilmes", el máximo tribunal declaró la invalidez de una cláusula convencional mediante la cual se pactó un anticipo salarial de suma fija en 2005, cuando cuando el gobierno de Néstor Kirchner, con la excusa de la emergencia económica, dispuso por decreto el pago de aumentos no remunerativos.

Esta decisión puede impactar en los resultados obtenidos en las paritarias actuales. Por ejemplo, los empleados de comercio firmaron por un 24% anual, no remunerativo y no acumulativo. Y la Unión Obrera Metalúrgica que encabeza Antonio Caló también acordó un 24%, con el agregado de una suma fija no remunerativa de $1.400 en dos cuotas.

Los expertos estiman que ese efecto beneficioso para los trabajadores, sin embargo, podría generar algunas trabas en las paritarias que se están negociando en estos días, ya que si se parte de la base de que no se pueden dar aumentos no remunerativos por decreto, es lógico que tampoco se puedan otorgar por convenios colectivos.

También en el Congreso
En el Congreso, en tanto, el diputado oficialista y ex asesor de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, decidió que es el momento adecuado para insistir con un proyecto que propone que las sumas no remunerativas que se pactan en los convenios se incorporen al salario luego de seis meses.

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