¿El
nuevo Acuerdo de mayo de 2013, que establece un aporte extraordinario de $ 50
(durante todo el Acuerdo) a cargo del trabajador para OSECAC, alcanza a
aquellos trabajadores que optaron por otra obra social?
Al respecto, señalamos que el Acuerdo es claro cuando obliga a
“todos” los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo de trabajo
130/1975, y que “fueron beneficiados por el Acuerdo”, por lo que, aunque hayan
realizado opción de cambio de obra social, están obligados a contribuir dicha
suma. Obviamente que, haciendo el ingreso a través del F. 931, estos importes
ingresarían en la obra social por la que optó el trabajador, por lo que para
asegurarse que vayan a OSECAC, una posibilidad sería utilizar el formulario
manual 120/A para el ingreso de dichas sumas.
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