miércoles, 8 de julio de 2020

Nueva moratoria para personas y grandes empresas. Puntos destacados.












Fuente: Fernando Gil / Infobae Profesional


El Gobierno terminó de definir los detalles de lo que será el proyecto de ley de una nueva moratoria impositiva que le permitirá ingresar a las grandes empresas.

El plan abarca a todas las deuda vencidas hasta el 30 de junio del 2020 y todos los planes y facilidades que ya lanzó la AFIP y que están caídos, vencidos o anteriores se consolidan en un solo plan de regularización.
La nueva moratoria será “más amplia” que la que se estableció en la Ley de Solidaridad, ya que abarcará a todo tipo y tamaño de empresas, cada uno con sus requisitos, pero lo que se buscó es la universalización del beneficio

Con este proyecto, la Administración Nacional busca empujar a las empresas para cuando salgan de la cuarentena pero, además, regularizar un monto de deuda bastante importante. 

Principales características del proyecto
  • Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
  • Primera cuota vence el 16 de noviembre
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
  • Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
  • Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

El titular de la cartera de Producción, Matías Kulfas, señaló que el envío de este proyecto de ley de moratoria impositiva y previsional, tiene como fin que “las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos”.




Fernando Gil
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