Fuente: Fernando Gil / ERREPAR
Con el presente se transcriben dos breves resúmenes de sendas Resoluciones Generales publicadas por AFIP para normar la presentación de los estados contables de aquellas empresas que estén obligadas a a presentar sus Estados Contables ajustados por inflación.
Sujetos que adoptan las normas NIIF para la confección de Estados Contables. Se establece qué documentación adicional debe ser presentada a la AFIP, sin considerar el efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
- Se establecen modificaciones con relación al aporte de determinada documentación adicional que deben presentar aquellos contribuyentes que apliquen -con carácter obligatorio u opcional- las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) -de acuerdo con la RT 26 y sus modif.- para la confección de sus estados contables.
- En este sentido, el estado de situación patrimonial y el estado de resultados solicitados por el Organismo Fiscal deben ser presentados sin considerar el efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
- Similar tratamiento se aplica en el caso de las pequeñas y medianas empresas que tienen preestablecida la opción simplificada de informar en una nota a los estados contables el resultado final del ejercicio y los importes totales del activo, pasivo y patrimonio neto valuados sin utilizar la resolución técnica 26 y sus modificatorias.
Impuesto a las Ganancias. Se establecen precisiones respecto de los Estados Contables en Moneda Constante
- La AFIP establece precisiones respecto de la confección de los estados contables en moneda constante -según lo dispuesto por la RT (FACPCE) 6-, estableciendo que los mismos deben determinar el resultado neto impositivo en el impuesto a las ganancias, ajustando su resultado neto contable a fin de eliminar el importe correspondiente al efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
- Se destaca que las presentes precisiones no alcanzan a los sujetos que confeccionan sus estados financieros, con carácter obligatorio u opcional, aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
No hay comentarios:
Publicar un comentario