martes, 9 de julio de 2024

Blanqueo de capitales: estos son algunos de sus detalles.


 Fuente: Fernando Gil

El lunes se publicó en el Boletín Oficial el plan de exteriorización de capitales y bienes no declarados, conocido como blanqueo.

Este Régimen de Regularización de Activos está dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, estén o no inscriptas como contribuyentes ante la AFIP, así como a aquellas que lo hayan sido antes de esa fecha.

El régimen permite blanquear una amplia gama de activos no declarados, incluyendo dinero en efectivo, inmuebles, instrumentos financieros, créditos y criptoactivos (si están en el país), entre otros.

El plazo para adherir al régimen se extiende hasta el 30 de abril de 2025, con una posible prórroga hasta el 31 de julio de 2025.

El Ministerio de Economía está trabajando en los decretos reglamentarios necesarios, y posteriormente, la implementación detallada será responsabilidad de la AFIP, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Bienes que pueden entrar en el blanqueo de capitales:

Bienes en Argentina:

  • Moneda nacional o extranjera, en efectivo o depositada en cuentas bancarias.
  • Inmuebles en Argentina.
  • Acciones, participaciones en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos, u otros patrimonios similares, siempre que el emisor sea un residente argentino.
  • Títulos valores como acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, y cuotas partes de fondos comunes de inversión que coticen en bolsas reguladas por la CNV.
  • Otros bienes muebles en Argentina.
  • Créditos de cualquier tipo con deudores residentes en Argentina.
  • Derechos y otros bienes intangibles de sujetos residentes fiscales en Argentina.
  • Criptomonedas y criptoactivos en el país.
  • Otros bienes con valor económico en Argentina, incluyendo pólizas de seguro contratadas en el exterior.

Bienes en el exterior:

  • Moneda extranjera, en efectivo o en cuentas bancarias en entidades financieras del exterior.
  • Inmuebles fuera de Argentina.
  • Acciones, participaciones en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos no residentes en Argentina.
  • Títulos valores que coticen en bolsas del exterior.
  • Otros bienes muebles en el exterior.
  • Créditos de cualquier tipo con deudores no residentes en Argentina.
  • Derechos y otros bienes intangibles en el exterior.

Exclusiones del blanqueo:

  • Tenencias de moneda o títulos valores en el exterior en entidades ubicadas en jurisdicciones de alto riesgo identificadas por el GAFI.

Requisitos para acceder al blanqueo:

  • Completar una declaración jurada identificando los bienes a regularizar.
  • Presentar documentación que acredite la titularidad y/o valor de los bienes.

Montos y tasas del blanqueo:

  • Sin costo (0%) para montos hasta USD 100,000.
  • Para montos mayores:
    • 5% si se adhiere hasta el 30 de septiembre de 2024.
    • 10% si se adhiere hasta el 31 de diciembre de 2024.
    • 15% si se adhiere hasta el 31 de marzo de 2025.

Beneficios para quienes blanqueen:

  • Liberación de acciones civiles y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
  • Quedan exentos del pago de impuestos omitidos y sus obligaciones accesorias.
  • No podrán inscribirse en futuros regímenes de regularización hasta el 31 de diciembre de 2038.

Exclusiones del blanqueo:

  • Funcionarios públicos que desempeñaron cargos en los últimos diez años.
  • Familiares de funcionarios públicos, incluyendo cónyuges, convivientes, ascendientes y descendientes en primer y segundo grado.

Este resumen sintetiza las principales disposiciones y condiciones del régimen de blanqueo publicado recientemente.




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