viernes, 2 de septiembre de 2022

DNU 573/2022 - Feriado del 02.09.2022


Fuente: Estudio Nunes y Asociados / Fernando Gil

Con publicación del DNU 573/2022 en el Boletín Oficial y siendo que el mismo establece feriado para el día de la fecha, regirán las normas de los mismos para el
día de hoy.

Esto implica que aquellos trabajadores que realicen prestación laboral, tendrán un 
recargo del 100% en sus remuneraciones y aquellos jornalizados que no realicen 
tareas recibirán el pago simple por el día.

Ante la existencia de ausencias, las mismas no computarán como injustificadas 
por regir las normas del descanso dominical conforme el artículo 166 de la LCT.

Si bien el DNU requiere aprobación del Congreso Nacional para su plena vigencia, 
así no se ratificara, los derechos adquiridos durante la vigencia del DNU no se 
pierden y por tanto entendemos se mantendrá lo expuesto anteriormente.





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