miércoles, 6 de marzo de 2013

La AFIP fiscaliza a Directivos y Accionistas




A la espera de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para potenciar el cruce de datos de contribuyentes valiéndose de un renovado sistema online.
Dicho programa es el que las empresas deben usar para informar los cambios de autoridades y modificaciones en el paquete accionario que se registren.
Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray cuenta con los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias”.


La avanzada
A través de estos sistemas, el fisco se focaliza en las transferencias de las acciones, la composición societaria y la nómina de autoridades, representantes y órganos de control, entre otras operaciones.
Anteriormente, los empresarios informaban una `foto´ de la composición societaria al 31 de diciembre del año pasado. Pero ahora, no sólo deben comunicar la `foto´ de la composición accionaria, sino también la `película´.

Cómo es el seguimiento online de los cambios accionarios
En primer término, el régimen se encarga de la "foto", tal como se indicó anteriormente. Para ello, la obligación consiste en brindar los datos anualmente.
De esta forma, de acuerdo a la reglamentación que se encuentra en plena vigencia, las empresas, sociedades, asociaciones y fundaciones, deberán dar un detalle sobre:

  • Las personas físicas y sucesiones indivisas -domiciliadas o radicadas en el país y en el exterior- que al 31 de diciembre de cada año resulten titulares o tengan participación en el capital social o equivalente de cada organización.
  • Las sociedades, empresas o explotaciones domiciliadas o, en su caso, radicadas o ubicadas en el exterior que al 31 de diciembre de cada año resulten titulares o tengan participación societaria.
  • Las sociedades controladas, controlantes y/o vinculadas.
  • Los directores, gerentes, administradores, síndicos y miembros del consejo de vigilancia.
  • Los apoderados cuyo mandato o representación haya tenido vigencia durante el año que se declara, la mantengan o no a la fecha de cumplimiento del reformulado régimen.
  • El patrimonio neto al 31 de diciembre del año calendario por el cual se presenta la información y al cierre del último ejercicio finalizado a la fecha mencionada anteriormente.

En tanto, la "película" se subdivide en dos "episodios":

  • El régimen online de registración de operaciones.
  • El régimen online de actualización de autoridades societarias.

En lo que respecta al primer caso, se deben declarar las transacciones de transferencia y/o cesión total o parcial, a título gratuito u oneroso de:

  • Títulos, acciones y participaciones o equivalentes en el capital social de entidades locales o constituidas o ubicadas en el exterior. 
  • Títulos valores, con oferta pública, emitidos por sujetos radicados en el país o en el exterior, cuando, a partir de las mismas, se produzca una modificación en el control societario.

En cuanto al plazo para informarlas, la AFIP estableció que la registración deberá ser efectuada dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la transferencia.

Complementariamente, las empresas deberán proporcionar -durante los 10 días hábiles contados a partir de la realización de los cambios societarios (por ejemplo cambio en el Directorio de una Empresa)- los siguientes datos:

  • Apellido y nombres, CUIT, CUIL y domicilio en el país, de corresponder.
  • Fecha de inicio y cese del mandato.
  • Fecha del acto resolutorio de designación.
  • Plazos y condiciones particulares.


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