El Fisco publicó los nuevos valores en su página web, los que serán aplicables para el primer semestre del 2024
La AFIP publicó los importes, aplicables desde el 1° de enero, de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
En tal sentido, se debe debe:
En tal sentido, se debe debe:
En ventas a minoristas:
- Identificarse al adquirente en operaciones cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624; o
- Cuando la operación sea por un importe superior a $ 95.812 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
Mayoristas cuando vendan a Consumidores Finales:
- Deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayorista”, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 95.812 y sea cancelada por medios electrónicos.
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