jueves, 1 de abril de 2021

Gobierno flexibiliza el cepo al dólar para inversiones destinadas a impulsar la exportación



Fuente: Fernando Gil / Infobae 


La creación de este régimen buscará flexibilizar las restricciones y permite viabilizar muchos proyectos de inversión actualmente en estudio


El Gobierno nacional resolvió avanzar en la implementación de un nuevo régimen de fomento para la inversión extranjera directa o la nacional financiada con crédito externo, destinada a incrementar las exportaciones, crear empleo, fortalecer la competitividad de los diversos sectores productivos, y propiciar un crecimiento económico sustentable y equitativo.

La iniciativa, definida en el marco de la reunión de gabinete económico realizada este miércoles en Casa de Gobierno y que en los próximos días será plasmada en un decreto, prevé que el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación por hasta un máximo anual equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el proyecto.

Ese 20% podrá destinarse al pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes.

Si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.

La autoridad de aplicación de este régimen estará conformada por representantes de los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo, y el Banco Central de la República Argentina hará la evaluación técnica de los proyectos a fomentar.


Quiénes pueden aspirar al beneficio

El régimen de fomento está previsto para inversiones de los sectores foresto industriales, agroindustriales, hidrocarburÍfero, minero y de industrias manufactureras, ya sea en nuevos proyectos o en aquellos existentes pero que busquen ampliar su capacidad productiva a fin de exportar.

En cambio, no se consideran como inversiones a las colocaciones financieras y/o de portafolio; a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas y/o acciones o participaciones societarias.

Podrán aspirar al beneficio -que tendrá una duración de 15 años- personas humanas o jurídicas, nacionales o extranjeras que presenten un proyecto de inversión no menor a u$s100 millones, en caso de ser una nueva inversión y que aumenten en no menos del 30% la capacidad productiva del negocio en marcha.






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