viernes, 16 de agosto de 2019

Modificación al plan de Facilidades de Pagos Permanente y Aumento de Mínimo no Imponible



A continuación pasamos a detallar dos Decretos sancionados en el día de ayer en donde se introducen modificaciones al Mínimo no Imponible y las Deducciones Especiales para el año 2019.  
Por otro lado, a continuación de la modificación enunciada, detallaremos las modificaciones en el Régimen de Facilidades de Pago Permanente en donde se establecen mejoras temporales para acceder a los Planes de Pago


Se incrementa el Mínimo no Imponible y las Deducciones Especiales para el año 2019.

La AFIP incrementa en un 20% el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores, y difunde las tablas mensuales para efectuar las retenciones del impuesto en relación con las remuneraciones y/o haberes que se abonen en los meses de setiembre a diciembre de 2019.

Los nuevos importes anuales incrementados son los siguientes:

  • Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)]: $ 103.018,79
  • Deducción especial [art. 23, inc. c)]: $ 494.490,17
  • Señalamos que las cargas de familia (cónyuge e hijos) no han sido incrementadas y que la presente medida es de aplicación inmediata. No obstante, requiere una ratificación legislativa del Congreso Nacional.

Con relación a las diferencias que surjan en la liquidación por la aplicación de los nuevos importes, si las mismas generan saldo a favor de los sujetos retenidos, deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales en los meses de setiembre y octubre de 2019, y exteriorizadas inequívocamente en los recibos de sueldo correspondientes bajo el concepto “Beneficio Decreto 561/19”.


Régimen de Facilidades de Pago Permanente. Se establecen mejoras temporales para acceder a los Planes de Pagos.

Se establece que, hasta el 31/12/2019, no se tendrá en cuenta el SIPER para acceder al régimen de facilidades de pago permanente, y se amplía de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes a la que pueden acceder las pymes.
Con estas medidas, aquellos sujetos que tenían un SIPER con perfil de riesgo medio o superior podrán acceder a reducciones en las tasas de financiamiento y una mayor cantidad de cuotas en los planes de pago.


Fernando Gil
Socio Gil & Asociados
Tel: +54 011 5263-7099
Cel: +54 911 6864-9209
San Lorenzo 2106, Olivos, Bs As, Argentina

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