Fuente: Fernando Gil / Errepar
Recordamos que, a partir del 1 de julio de 2019, conforme a lo establecido por la resolución 17/2019 de la Secretaría de Simplificación Productiva, se incorporan al régimen de factura de crédito electrónica las empresas relacionadas con:
- 1) la construcción,
- 2) el comercio al por mayor y por menor,
- 3) la reparación de vehículos automotores y motocicletas y
- 4) las prestadoras de servicios de transporte y almacenamiento.
Asimismo, se disminuye el monto de facturación a la suma de $ 2.000.000 para algunas de las empresas dedicadas a la industria manufacturera, la intermediación financiera y servicios de seguros, suministro de agua, cloacas y recolección de residuos, suministro de electricidad, gas y vapor, comercio al por mayor y al por menor, y las prestadoras de servicios de transporte y almacenamiento.
Fernando Gil
Socio Gil & Asociados
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Cel: +54 911 6864-9209
San Lorenzo 2106, Olivos, Bs As, Argentina
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