Fuente: Gil & Asociados
Recordamos que, a partir del 1 de setiembre de 2017, se podrán inscribir en la Inspección General de Justicia las sociedades por acciones simplificadas (SAS) que se constituyan de conformidad con las disposiciones de la ley 27349 y la resolución general (IGJ) 6/2017.
Las inscripciones serán tramitadas de manera totalmente electrónica a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y en el caso de adoptar el instrumento constitutivo modelo, el plazo de inscripción será de 24 horas.
En este sentido, la Inspección General de Justicia y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictaron la resolución 4098-E, que establece que las solicitudes de inscripción de sociedades por acciones simplificadas (SAS) ante la IGJ se realizarán a través de un formulario disponible en un servicio web vinculado a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), a cuyo efecto el responsable -representante legal o sujeto autorizado- accederá con su CUIT/CUIL o CDI y su clave fiscal habilitada.
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