El nuevo proyecto de ley que incluye un régimen de exteriorización de capitales incluirá moneda nacional, extranjera y bienes no declarados, en tanto el plan de pagos anexo será de hasta 60 cuotas con una financiación de 1,5% mensual y un pago inicial de 5% de lo adeudado
El borrador del proyecto de ley se divide en tres capítulos:
Primer capítulo: Moratoria
Refiere al plan de pagos a 5 años (60 cuotas) que prevé un interés del 1,5% mensual para deudas vencidas hasta el 31 de diciembre próximo. En este caso se trataría de una moratoria, ya que establece el perdón de las sanciones no firmes y el total de los intereses.
Para ingresar al régimen de regularización, se exigirá un pago inicial de 5% del monto adeudado. El régimen contempla la cancelación de deudas impositivas y previsionales.
Segundo capítulo: Blanqueo
Consiste en un blanqueo que estará vigente hasta 2017, con costos que irán aumentando, según la fecha de adhesión. El costo de la exteriorización de bienes y moneda extranjera que se quede en el exterior será de 8% el primer año y 10% el segundo. Y en caso de que se transfieran al país, serán de 5% y 7%, respectivamente.
En tanto, si los fondos blanqueados se destinan a la compra de títulos privados de deuda con cotización en mercados regulados, y cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja a 4%. El título o el producido de su venta debe permanecer en el país durante 3 años.
En cambio, si el destino sea un título emitido por el Estado nacional, cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja hasta el 3%. También se exige la permanencia en el país durante 3 años.
Tercer capítulo: Construcción y bienes de capital
Otra alternativa prevista en el proyecto, refiere a si los dólares o pesos "blanqueados" se invierten en la compra en el país de inmuebles nuevos, construidos o que obtengan certificado final de obra a partir de la vigencia de la ley, se destinen a la adquisición de bienes de capital, o se utilicen para capitalizar sociedades constituidas en el país. En este caso, la tasa de blanqueo será del 3%.
Para evitar que quienes adhieran sean denunciados por el delito de lavado de dinero, el proyecto establece que los bancos no deberán informar a la UIF cuando el origen de los fondos sea la evasión fiscal. También se prevé la condonación de todos los impuestos, salvo en caso de que haya facturas apócrifas, liberando de las sanciones establecidas de la Ley Penal Tributaria.
Como requisito, el blanqueo pide estar inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dos años antes de la vigencia de la ley.
El tercer capítulo del proyecto establece un descuento de 10% del Impuesto a las Ganancias a quienes traigan al país bienes o moneda que tenían declarados en el exterior. Cuando lo que traigan al país lo apliquen a actividades específicas, tendrán también un crédito impositivo.
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