lunes, 9 de agosto de 2021

Imp.Ganancias y Bs. Personales. Excención de los ahorros en pesos a partir del año fiscal 2021.


Fuente: Fernando Gil / LEY (Poder Legislativo) 27638. BO: 04/08/2021

Se introducen modificaciones en el impuesto a las ganancias y en el impuesto sobre los bienes personales, aplicables a partir del período fiscal 2021, en línea con el régimen de incentivo de ahorro en pesos.

- Impuesto a las ganancias:
Se dispone que la exención de los intereses originados en los depósitos en moneda nacional -inc. h) del art. 26 de la ley del gravamen- comprenderá también a los intereses o el rendimiento producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

- Impuesto sobre los bienes personales:
Se establece que quedarán exentas del gravamen las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva que establezca el Poder Ejecutivo Nacional, las cuotapartes de fondos comunes de inversión, y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros constituidos en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación




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