lunes, 23 de mayo de 2016

Desde 2017, la AFIP tendrá acceso a la información de algunos paraísos fiscales

Fuente: Gil & Asociados / Infobae / OCDE
El convenio pondría bajo el control de la AFIP a argentinos que tienen cuenta off shore en los distritos que aceptan cooperar en la fiscalización tributaria     

martes, 17 de mayo de 2016

IVA: Pago trimestral para Pymes y obtención simplificada de certificados de exclusión.






Se establece un régimen de cancelación del impuesto al valor agregado en forma trimestral aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1 -L. 25300 y R. (SPyME) 24/2001- y la posibilidad de obtener en forma simplificada el "Certificado de Exclusión" de los regímenes de retención, percepción y/o pago a cuenta del impuesto.

jueves, 12 de mayo de 2016

El nuevo blanqueo de capitales que impulsa el Gobierno incluirá una moratoria impositiva






El nuevo proyecto de ley que incluye un régimen de exteriorización de capitales incluirá moneda nacional, extranjera y bienes no declarados, en tanto el plan de pagos anexo será de hasta 60 cuotas con una financiación de 1,5% mensual y un pago inicial de 5% de lo adeudado 

martes, 26 de abril de 2016

La AFIP amplió a cuatro el límite de planes de pago para pequeños contribuyentes




La  Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió flexibilizar el tope de planes de facilidades de pago que los pequeños contribuyentes podrán presentar a partir del 2 de mayo y lo elevó a cuatro, en el marco de su política de asistir a los ciudadanos en el cumplimiento de sus obligaciones.

viernes, 12 de febrero de 2016

Régimen de Facilidades de Pago Permanente





Se establece un régimen de facilidades de pago permanente a partir del 10/2/2016, cuyas principales características son las siguientes: 

miércoles, 13 de enero de 2016

jueves, 7 de enero de 2016

Ganancias 4ta. Categoría (relación de dependencia). Plazo para presentar F.572.




Fuente: RRHH Gil & Asociados - Lic. Florencia Garcia

Recordamos que el trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de enero de 2016 para ingresar en el F. 572 web aquellos datos que deben ser tenidos en cuenta por el empleador para la confección de la liquidación anual del impuesto a las ganancias por el año 2015. 

Señalamos que la presente modalidad resulta de aplicación para los sujetos que: 
  1. Computen las percepciones por consumos efectuados en el exterior con tarjetas de crédito y/o débito y por compra de moneda extranjera. 
  2. Hayan obtenido ganancias brutas anuales iguales o superiores a $ 250.000 en el año calendario inmediato anterior (2014) al que se declara. 
  3. Cuando el empleador por razones administrativas así lo ha dispuesto.