viernes, 2 de enero de 2026

Reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal



Fuente: Fernando Gil / F.Gil & Asociados

ARCA anticipa criterios de aplicación para atenuar el impacto del aumento de multas impositivas

A través de una comunicación institucional difundida en su sitio web, la Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA) dio a conocer los lineamientos que utilizará para graduar la aplicación de las multas impositivas previstas en la reciente Ley de Inocencia Fiscal, cuyos valores nominales fueron incrementados de manera significativa.

En particular, el organismo adelantó que no aplicará un esquema automático e inflexible, sino que incorporará parámetros objetivos de evaluación para determinar el alcance y la cuantía de las sanciones administrativas.



Cambio de enfoque en la política tributaria

Según expresa ARCA en el inicio de su publicación, la Ley de Inocencia Fiscal introduce un cambio de paradigma en la relación entre el Estado y los contribuyentes, con el objetivo de restablecer criterios de razonabilidad y previsibilidad jurídica.

La norma busca poner fin a prácticas de persecución penal y administrativa consideradas desproporcionadas, que históricamente afectaron a los ciudadanos, y avanzar hacia un sistema basado en la confianza y el cumplimiento voluntario.

En ese marco, la ley persigue una “reparación histórica” del ahorro de los argentinos, mediante:

  • La simplificación del sistema tributario.

  • La protección del ahorro legítimo.

  • El abandono de la presunción de culpabilidad fiscal.

  • La reinserción de ahorros informales en el circuito económico formal, promoviendo el consumo, la inversión y el financiamiento de largo plazo.


El “Tapón Fiscal” como garantía de seguridad jurídica

Entre los institutos centrales de la ley se destaca el denominado Tapón Fiscal, concebido como un mecanismo de protección para el contribuyente.

Este instrumento establece una presunción de exactitud sobre los períodos fiscales ya declarados, impidiendo que sean objeto de futuras fiscalizaciones, ajustes o acciones legales, salvo que se verifique una discrepancia significativa en los términos definidos por la propia norma.

En la práctica, este instituto otorga un cierre definitivo a los períodos impositivos cumplidos, reforzando la seguridad jurídica.


Actualización y aplicación gradual de sanciones administrativas

La ley actualiza los importes de las sanciones previstas en la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal, que se encontraban notoriamente desactualizados. A modo de referencia:

  • La multa por omisión de presentación de la declaración jurada para personas humanas se incrementa de $200 a $220.000.

  • Para personas jurídicas, el monto pasa de $400 a $440.000.

No obstante, ARCA informó que, ante el vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada, no intimará ni aplicará la multa de manera inmediata. En su lugar, enviará un recordatorio previo, con una antelación de entre 10 y 15 días hábiles.

Solo una vez transcurrido dicho plazo sin regularización se procederá a la intimación formal y a la aplicación de la sanción correspondiente.

Asimismo, el organismo evaluará:

  • La cantidad de días de atraso.

  • La conducta fiscal del contribuyente.

  • La reiteración o no del incumplimiento.

De este modo, se buscará diferenciar incumplimientos ocasionales de conductas reiteradas, evitando la aplicación automática de sanciones en su máximo legal.


Régimen de Declaración Simplificada del Impuesto a las Ganancias

La Ley de Inocencia Fiscal crea un nuevo régimen simplificado destinado a personas humanas que, en los últimos tres ejercicios fiscales, registren:

  • Ingresos totales de hasta $1.000 millones.

  • Un patrimonio total de hasta $10.000 millones.

Adhesión al régimen

Para el período fiscal 2025, la adhesión deberá realizarse ingresando al servicio “Sistema Registral” disponible en la web de ARCA, accediendo luego a la opción “Ganancias PH Simplificada”. El plazo para optar por el régimen se extiende hasta el día anterior al primer vencimiento general de la declaración jurada, previsto para junio de 2026.

Funcionamiento operativo

Al momento del vencimiento:

  • El contribuyente accederá a su perfil en la web de ARCA.

  • Visualizará el impuesto determinado por el organismo.

  • Podrá aceptarlo y proceder al pago, o bien revisarlo y ajustarlo si corresponde.

Bajo este régimen, los controles de ARCA se limitarán a:

  • La facturación declarada.

  • Los gastos deducibles informados.

Quedan excluidos del análisis los consumos personales como consumidor final y las variaciones patrimoniales, salvo que se detecte una discrepancia significativa.

Beneficios del régimen

  • Presunción de exactitud: la declaración aceptada se considera correcta y suficiente.

  • Efecto liberatorio: el impuesto se considera definitivamente cancelado y el período no puede ser reabierto ni ajustado, salvo supuestos excepcionales, configurando en los hechos un “tapón fiscal”.


Actualización del Régimen Penal Tributario

La norma introduce una modificación sustancial en los montos mínimos necesarios para la configuración de delitos tributarios:

  • El umbral para la evasión simple se eleva de $1.500.000 a $100.000.000 por tributo y ejercicio.

  • En el caso de evasión agravada por monto, el piso se incrementa de $15.000.000 a $1.000.000.000.

Estos nuevos valores entrarán en vigencia a partir de la publicación de la ley y se actualizarán anualmente desde 2027 conforme la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).


Nuevo esquema de regularización y extinción de la acción penal

La Ley de Inocencia Fiscal incorpora incentivos claros para la regularización voluntaria:

  • ARCA no formulará denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda de capital e intereses antes de la denuncia, beneficio que podrá utilizarse una sola vez por contribuyente.

  • En caso de que la acción penal ya se encuentre iniciada, ésta se extinguirá si, dentro de los 30 días de la notificación, se cancelan:

    • El capital adeudado.

    • Los intereses.

    • Un adicional del 50% de ambos conceptos en carácter de multa.


Reducción de los plazos de prescripción para contribuyentes cumplidores

Finalmente, en materia de procedimiento fiscal, la ley reduce de 5 a 3 años el plazo de prescripción para los contribuyentes considerados cumplidores, es decir, aquellos que:

  • Presenten sus declaraciones juradas en término.

  • Cancelan el impuesto al contado o mediante un plan de pagos.

Este beneficio aplica siempre que la declaración jurada no sea impugnada por la existencia de una discrepancia significativa.

La ley define como discrepancia significativa una diferencia mayor al 15% entre lo declarado y la impugnación fiscal, o una diferencia superior a $100.000.000.

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