miércoles, 4 de julio de 2012

Planificación impositiva. Amortización de Activos Fijos. Vida útil del bien. Fallo Suprema Corte de Justicia.


El 22 de Mayo ppdo la Suprema Corte de Justicia emitió un fallo bastante interesante relacionado a cómo debe considerarse la vida útil de un bien (Activos Fijos) para determinar la amortización computable a los efectos del cálculo del Impuesto a las Ganancias.


Al no estar en vigencia el Ajuste por Inflación Impositivo, simplemente pensemos la importancia de este fallo y cómo podría impactar en el impuesto a ser ingresado, ya que las amortización las debemos computar a moneda histórica, y hasta que se extinga la vida útil del bien en cuestión.

A continuación un resumen del fallo en cuestión:

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia ponen de relieve que ni la ley del impuesto a las ganancias ni su reglamentación fijan la vida útil para cada tipo de bien y tampoco establecen pautas para su cálculo; por ello, ante la ausencia de toda precisión normativa y al no exigirse más que una estimación “probable”, debe entenderse que la determinación de la vida útil de los bienes está dada por la estimación razonable y ponderada que efectúe el contribuyente.
DGI (EN AUTOS TELEC. INT. TELINTAR SA) - CORTE SUP. JUST. NAC. - 22/05/2012

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