miércoles, 17 de enero de 2024

Nuevos límites para identificar datos de Consumidores Finales en operaciones comerciales.




Fuente: Horacio Pomba. Dto. Impuestos F.Gil & Asociados


El Fisco publicó los nuevos valores en su página web, los que serán aplicables para el primer semestre del 2024

La AFIP publicó los importes, aplicables desde el 1° de enero, de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.

En tal sentido, se debe debe:

En ventas a minoristas:
  • Identificarse al adquirente en operaciones cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624; o 
  • Cuando la operación sea por un importe superior a $ 95.812 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
Mayoristas cuando vendan a Consumidores Finales:
  • Deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayorista”, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 95.812 y sea cancelada por medios electrónicos.



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