jueves, 16 de agosto de 2018

Alivio impositivo en Buenos Aires: reglamentan baja de Ingresos Brutos




Fuente: Gil & Asociados / Infobae Profesional / ARBA

Microempresas y particulares en general de la Ciudad de Buenos Aires ya cuentan con un alivio fiscal importante. El gobierno porteño publicó en el Boletín Oficial una medida que exceptúa de la retención de Ingresos Brutos que practican los bancos en las cuentas a la vista de sus clientes, por cada movimiento que se detecta.

Es el denominado Sistema de Recaudación del Impuesto a los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias (Sircreb), que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, prometió eliminar hace unos días.

El consultor y asesor en temas pymes del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, Vicente Lurenzo, señaló que "para la mipyme esta medida oxigena su capital de trabajo porque deja de tributar Impuesto a los Ingresos Brutos por adelantado vía retención".

"Es una medida que debería imitar el resto de las jurisdicciones a efectos de aliviar la presión fiscal insostenible que está atravesando el sector", indicó Lourenzo. Debido a la nueva medida, las operaciones que dejarán de tributar Ingresos Brutos de Capital Federal son:
  • Transferencias de fondos que se efectúen por cualquier medio con destino a otras cuentas donde figure el mismo titular o cotitular del mismo ordenante de la transferencia.
  • Transferencias producto de la venta de inmuebles u otros bienes registrables, cuando el vendedor no resulte habitualista.
  • Transferencias provenientes del exterior; transferencias producto de la suscripción de obligaciones negociables a cuentas de personas jurídicas;
  • Transferencias como producto del aporte de capital a cuentas de personas jurídicas;
  • Transferencias de fondos como consecuencia del reintegro de obras sociales y empresas de medicina prepaga;
  • Transferencias de fondos en concepto de pago de siniestros, ordenadas por las compañías de seguro;
  • Transferencias de fondos efectuadas por la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades, originadas por expropiaciones y otras operaciones no alcanzadas por el impuesto;
  • Transferencias inmediatas de fondos que se efectúen por el canal "Plataforma de Pagos Móviles", regulados por el Banco Central de la República Argentina; transferencias cuyo ordenante sea un tribunal judicial y que se efectúen en concepto de cuotas alimentarias, ajuste de pensiones y jubilaciones, indemnizaciones laborales y por accidentes.

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