miércoles, 16 de enero de 2013

Día D. A partir del 7 de febrero la AFIP podrá acceder a datos de inversores argentinos en Uruguay


Mientras el Ministerio de Economía uruguayo tiene listo un decreto que procura dar un plazo mayor al 31 de enero para que los titulares de las acciones al portador informen a la sociedad su identidad, tal cual lo adelantado en nuestro blog el 09 de Noviembre de 2012, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrá acceder finalmente a los datos de empresas argentinas instaladas en Uruguay a partir del próximo 7 de febrero.


Así lo aseguró ayer a El Observador una fuente del Poder Ejecutivo uruguayo, luego que la AFIP y la DGI  intercambiaron cartas donde queda de manifiesto la ratificación del acuerdo tributario que votaron ambos parlamentos.Uruguay había aprobado en el Parlamento con los votos del oficialismo en noviembre el acuerdo de intercambio de información tributaria, en medio de fuertes críticas y el rechazo de la oposición.

Las empresas cerealeras seguramente serán uno de los objetivos donde la AFIP hará foco en un primera etapa. De todas formas, este organismo no podrá solicitar información al barrer a la DGI, sino que deberán ser pedidos  individualizados y fundados que sean relevantes y determinantes para la liquidación, implementación, el control y la recaudación de impuestos.

De las sociedades anónimas en el exterior que los argentinos declararon poseer ante la AFIP, el 64% están ubicadas en Uruguay.El gobierno uruguayo se vio en la obligación de firmar un acuerdo de doble imposición con un socio comercial relevante como Argentina, luego de que el Foro Internacional de Transparencia Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) dejara al país en “lista gris” de países no cooperantes en materia tributaria.

Vale tener presente que el convenio estableció que el intercambio de información aplicará "a esa fecha" (el 7 de febrero), pero únicamente para los períodos fiscales que inicien durante o después de esa fecha o, cuando no exista período fiscal, para los cobros que surjan en o después de esa fecha".

Esos períodos fiscales se corresponden con el cierre de los balances de empresas argentinas que tienen operaciones en Uruguay. Así, si una firma cierra su balance el 31 de marzo de 2013 y la AFIP pide información sobre sus activos para controlar el pago de impuestos, la DGI uruguaya no está obligada a proporcionarla, porque estaría dando datos sobre un ejercicio fiscal que aún no culminó.

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